Renta Garantizada de Ciudadanía de la Comunidad Valenciana

La renta garantizada de ciudadanía es un derecho subjetivo a una prestación económica que la red pública de servicios sociales debe prestar a fin de que las personas en situación de empobrecimiento puedan mantener un adecuado bienestar personal y familiar, atendiendo a los principios de igualdad, equidad, solidaridad e inclusión.

Documentación a presentar

La requerida en el impreso de solicitud de dicha prestación:
  • Hoja domiciliación bancaria (impreso a tal efecto elaborado por Conselleria).
  • Copia del libro de familia.
  • Tarjeta de residencia para nacionales de países no comunitarios.
  • Certificado de empadronamiento que acredite haber residido en la Comunidad Valenciana al menos durante 24 meses ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
  • Nómina del último mes trabajado, para autónomos declaración del IVA del último trimestre, anterior a la fecha de la solicitud.

Criterios de valoración

  • Tener nacionalidad española o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea. Así mismo, los nacionales de otros países tendrán derecho, siempre que todos los miembros de la unidad familiar acrediten su residencia legal en la Comunidad Valenciana.
  • Que convivan en un hogar independiente o asimilado. Se asimila a hogar independiente la convivencia de los destinatarios/as en otro hogar, cuando estos hayan tenido que abandonar la residencia habitual por causa de violencia en el ámbito familiar o de género, fuerza mayor, tratamiento terapéutico o desahucio, aun cuando la nueva vivienda sea una residencia colectiva.
  • Que se presente justificación acreditativa de haber solicitado previamente, de los organismos correspondientes, las pensiones y/o prestaciones a que tengan derecho.
  • Solicitar la participación y admisión en los programas de inserción o capacitación laboral que establezcan tanto el Server como el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, cuando así lo establezca el Plan de Inserción Laboral.
  • Podrán ser titulares de la prestación aquellas personas que tengan una edad igual o superior a 25 años e inferior a 65. Los menores de 25 años podrán ser titulares si acreditan tener a su cargo a otros menores de edad o discapacitados. También podrá ser titulares aquellos menores de 25 años y mayores de 18 que hayan estado sujetos al sistema de protección y al sistema judicial de reforma en la Comunitat Valenciana, que se acreditará mediante resolución administrativa o judicial.

Documento original

Ayudas renta garantizada de ciudadania

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